ARTÍCULO 30
La presente Convención, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, se depositará en poder del Secretario General da las Naciones Unidas. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos debidamente autorizados firman la presente Convención. La presente es copia fiel y completa en español de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el día dieciocho del mes de diciembre del año de mil novecientos setenta y nueve. Extiendo la presente, en veintidós páginas útiles, en Tlatelolco, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de marzo del año de mil novecientos ochenta y uno, a fin de incorporarla al Decreto de Promulgación respectivo.- La Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Aída González Martínez.- Rúbrica.