Convención Internacional contra Todas las Formas de Discriminación Racial · Tratado internacional

Artículo 10

ARTÍCULO 10

1. El Comité aprobará su propio reglamento. 2. El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años.

3. El Secretario General de las Naciones Unidas facilitará al Comité los servicios de Secretaría.

4. Las reuniones del Comité se celebrarán normalmente en la Sede de las Naciones Unidas.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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