Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 192

TÍTULO CUARTO · CAPÍTULO V REGÍMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO

Artículo 192. La separación de bienes puede ser absoluta o parcial. En la parcial, los bienes que no estén comprendidos en las capitulaciones de separación, podrán ser objeto de la sociedad conyugal que constituyan los cónyuges.

(REFORMADO, P.O. 23 DE JUNIO DE 2016)

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.

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