Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 36

TÍTULO TERCERO REGISTRO CIVIL 5 · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 36. Extendida el acta, será leída por el Oficial del Registro Civil a los interesados y testigos; la firmarán todos y si alguno no puede hacerlo, imprimirá su huella dactilar del pulgar derecho y en caso de imposibilidad física, el oficial elegirá la forma en que se hará constar su comparecencia. También se expresará que el acta fue leída y quedaron conformes los interesados con su contenido.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.

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