Artículo 203. La línea recta es ascendente o descendente; ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco del que procede; descendente es la que liga al progenitor, con los de que de él proceden.
En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas excluyendo al progenitor.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.
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