Código Familiar del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 756

TÍTULO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO

Artículo 756. Si el testador ignoraba que la cosa legada era ajena, es nulo el legado.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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