Código Familiar del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 807

TÍTULO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO

Artículo 807. Es nulo el testamento que haga el testador bajo la influencia de amenazas contra su persona o sus bienes, o contra la persona o bienes de su cónyuge o de sus parientes.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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