Código Familiar del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 66

TÍTULO TERCERO DE LAS ACTAS · CAPÍTULO QUINTO DE LAS ACTAS DE MATRIMONIO

ARTÍCULO 66

Al escrito a que se refiere el artículo anterior se acompañarán:

I. El acta de nacimiento de los pretendientes;

Fracción reformada POG 03-10-2007 Fracción reformada POG 29-03-2017

II. …

Fracción derogada POG 29-03-2017

III. La declaración de dos testigos mayores de edad, que conozcan a los pretendientes. Si no hubiere dos testigos que conozcan a ambos pretendientes, deberán presentarse dos por cada uno de ellos;

Fracción reformada POG 03-10-2007

IV. Un certificado médico expedido por institución oficial, en el que haga constar que los pretendientes no padecen alguna enfermedad contagiosa, crónica o incurable;

Fracción reformada POG 03-10-2007

V. El convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a los bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. Los términos en que se determinen los derechos y obligaciones objeto del convenio, podrán establecerse como resultado de un procedimiento de mediación familiar. En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal, el de separación de bienes o el régimen mixto. No puede dejar de presentarse este convenio aún so pretexto de que los pretendientes carecen de bienes, pues en tal caso versará sobre los que adquieran durante el matrimonio.;

Fracción reformada POG 03-10-2007 Fracción reformada POG 19-12-2009 Fracción reformada POG 11-09-2021

VI. Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido, si alguno de los cónyuges es viudo; o de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio, en el caso de que alguno de los pretendientes hubiere sido casado anteriormente; y

VII. Copia certificada de la dispensa de impedimentos si los hubo.

VIII. Constancia expedida por el Oficial del Registro Civil en la que acrediten haber participado en el curso prematrimonial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del presente Código.

Fracción adicionada POG 17-08-2016

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.