Código Fiscal de la Federación · Federal

Artículo 22-C

TITULO SEGUNDO De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes · CAPITULO UNICO

Artículo 22-C. Los contribuyentes que tengan cantidades a su favor, deberán presentar su solicitud de devolución en formato electrónico con firma electrónica avanzada.

Artículo reformado DOF 12-11-2021

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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