Artículo 82-D. A quien cometa las infracciones relacionadas con la revelación de esquemas reportables previstas en el artículo 82-C, se impondrán las siguientes sanciones:
I. En el supuesto previsto por la fracción I, no se aplicará el beneficio fiscal previsto en el esquema reportable y se aplicará una sanción económica equivalente a una cantidad entre el 50% y el 75% del monto del beneficio fiscal del esquema reportable que se obtuvo o se esperó obtener en todos los ejercicios fiscales que involucra o involucraría la aplicación del esquema.
II. De $62,390.00 a $124,760.00 en el supuesto previsto en la fracción II.
Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05 - 01 - 2022 . Compilada DOF 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .
Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025
III. De $124,760.00 a $436,680.00 en el supuesto previsto en la fracción III.
Multa de la fracción actu alizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05 - 01 - 2022 . Compilada DOF 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .
Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025
IV. De $249,530.00 a $2,495,270.00 en el supuesto previsto en la fracción IV.
Multa de la fracción actualiz ada por resolución miscelánea fiscal DOF 05 - 01 - 2022 . Compilada DOF 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .
Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025