Código Fiscal de la Federación · Federal

Artículo 84-N

TITULO CUARTO De las Infracciones y Delitos Fiscales · CAPITULO I De las infracciones

Artículo 84-N. A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84-M de este Código, se le impondrán las siguientes multas:

I. De $1,686,750.00 a $2,249,000.00 a las comprendidas en la fracción I, por cada ben eficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05 - 01 - 2022 , 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .

Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025

II. De $899,600.00 a $1,124,500.00 a la establecida en la fracción II, por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea f iscal DOF 05 - 01 - 2022 , 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .

Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025

III. De $562,250.00 a $899,600.00 a la establecida en la fracción III, por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05 - 01 - 2022 , 27 - 12 - 2022 . Actualizada DOF 29 - 12 - 2023 .

Compilada DOF 30 - 12 - 2024 , 28 - 12 - 2025

Artículo adicionado DOF 12-11-2021

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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