Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) · Tratado internacional

Artículo 13

CAPÍTULO V Disposiciones comunes a las obligaciones del

Artículo 13

A los efectos de la presente Convención, la expresión “por escrito” comprende el telegrama y el télex.

Parte II Formación del contrato

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: uncitral.un.org.

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