Código Nacional de Procedimientos Penales · Federal

Artículo 238

TÍTULO III ETAPA DE INVESTIGACIÓN · CAPÍTULO III TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN

Artículo 238. Aseguramiento de flora y fauna

Las especies de flora y fauna de reserva ecológica que se aseguren, serán provistas de los cuidados necesarios y depositados en zoológicos, viveros o en instituciones análogas, considerando la opinión de la dependencia competente o institución de educación superior o de investigación científica.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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