Constitución Política del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 91

TÍTULO SEXTO DE LOS PODERES DEL ESTADO · CAPITULO II

Artículo 91.- La persona titular de la institución del Ministerio Público será Fiscal General de Justicia, durará en su encargo siete años y es sobre quien recae la rectoría, representación y conducción de la Institución 47 cuya organización estará determinada por la Ley Orgánica correspondiente.

Artículo reformado, P.O. Alcance uno del 22 de junio del 2022.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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