Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 5

TÍTULO PRIMERO DEL ESTADO, SU FORMA DE GOBIERNO · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 5o.- El territorio del Estado es el que de hecho y por derecho le pertenece y que le es reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su extensión y límites sólo podrán modificarse por virtud, y conforme a los procedimientos que en aquella y en esta Constitución se señalan.

El Estado tiene como base de su división territorial y de su organización política y administrativa al Municipio Libre.

Los Municipios que integran el Estado son los establecidos por la Ley Orgánica del Municipio Libre.

(TÍTULO ADICIONADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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