Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 432

TITULO DECIMO · CAPITULO I Ejecución de Resoluciones Dictadas por los Tribunales del Estado

ARTICULO 432.- El juez que reciba exhorto con las inserciones necesarias, conforme a derecho, para la ejecución de una sentencia u otra resolución judicial, cumplirá con lo que disponga el juez requirente, siempre que lo que haya de ejecutarse no sea contrario a las leyes del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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