ARTICULO 733.- Aprobados el inventario y el avalúo de los bienes y resueltas las cuestiones a que uno y otro hubieren dado lugar se procederá a la liquidación del caudal.
Artículo 733
TITULO DECIMO TERCERO Página · CAPITULO V De la Administración Página
Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.
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