Artículo 461. Si el inmueble no se haya en el lugar del juicio, se librará exhorto al juez de la ubicación para que ordene la anotación de la demanda como se previene en el artículo anterior.
Artículo 461
TITULO SÉPTIMO De los juicios especiales y de las vías de apremio · CAPITULO III Del juicio hipotecario
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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