Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 498

TÍTULO SÉPTIMO De los juicios especiales y de las vías de apremio · CAPITULO IV

ARTICULO 498

La demanda donde se solicite el levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reasignación de concordancia sexo-genérica, previa anotación correspondiente al acta de nacimiento primigenia, deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 95 y 255 del presente Código y presentarse ante el Juez de lo Familiar en turno.

N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VER

ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO DE REFORMAS QUE MODIFICA EL CÓDIGO.

(ADICIONADO, G.O. 10 DE OCTUBRE DE 2008)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialcdmx.gob.mx.

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