Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 311

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 311. Se considerarán indubitados para el cotejo:

I. Los documentos que las partes reconozcan como tales, de común acuerdo;

II. Los documentos privados cuya letra o firma haya sido reconocida en juicio por aquella persona a quien se atribuya la dudosa;

III. Los documentos cuya letra o firma ha sido judicialmente declarada propia de aquella persona a quien se atribuya la dudosa;

IV. El escrito impugnado en la parte en que reconozca la letra como suya aquél a quien perjudique; y,

V. Las firmas puestas en actuaciones judiciales por la parte cuya firma o letra se trata de comprobar.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.