Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Colima · Colima

Artículo 407

TITULO SEXTO · CAPITULO VII Del valor de las pruebas

Artículo 407.- La confesión extrajudicial hecha en testamento también hace prueba plena, salvo en los casos de excepción señalados por el Código Civil.

(REFORMADO P.O. 10 DE AGOSTO DE 1985)

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de julio de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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