Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango · Durango

Artículo 297

TÍTULO SEXTO DEL JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO III DEL OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS

ARTÍCULO 297. Al solicitarse la inspección judicial se determinarán los puntos sobre que deba de versar.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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