Artículo 2.48.- La citación para el reconocimiento de un documento se hará en la misma forma que para la confesión.
Reconocimiento parcial de documento
TITULO SEGUNDO Actos Previos al Juicio · CAPITULO I De los Medios Preparatorios a Juicio
Artículo 2.48.- La citación para el reconocimiento de un documento se hará en la misma forma que para la confesión.
Reconocimiento parcial de documento
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.