Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.48

TITULO SEGUNDO Actos Previos al Juicio · CAPITULO I De los Medios Preparatorios a Juicio

Artículo 2.48.- La citación para el reconocimiento de un documento se hará en la misma forma que para la confesión.

Reconocimiento parcial de documento

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.