Artículo 59.- Documentos que deberán acompañar a la demanda. Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificado o testimonio que contenga:
I La resolución en que se suponga causado el agravio;
II Las actuaciones que en concepto de la parte conduzcan a demostrar la infracción de la ley, o del trámite o solemnidad inobservados, y la constancia de que oportunamente se interpusieron los recursos o reclamaciones procedentes; y
III La sentencia o auto firme que haya puesto término al pleito.