Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 377

TITULO SEXTO DEL JUICIO ORDINARIO · CAPITULO V

Artículo 377.- El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el hecho en que se funda la presunción.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de junio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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