Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 466

TITULO SEPTIMO De los Recursos y Revisión de Oficio · CAPITULO V De la Revisión de Oficio

Artículo 466 .- Se deroga.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.