Artículo 699 .- En los juicios de divorcio por mutuo consentimiento, se observarán las disposiciones relativas de este procedimiento y las contenidas en el capítulo IV del Título Décimo Segundo.
Artículo 699
TITULO DECIMO PRIMERO De los Juicios Sumarios · CAPITULO V De los Juicios sobre Alimentos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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