Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 793

TITULO DECIMO · CAPITULO V De los Concursos

Artículo 793 .- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable al interventor respecto de los acuerdos de la minoría.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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