Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 527

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO IX De la prueba testimonial

Artículo 527. Los gastos que hicieren los testigos, cuando tengan que salir del lugar de su residencia, y los perjuicios que sufran por el abandono de sus ocupaciones o negocios para ocurrir al juzgado a dar su declaración, serán satisfechos por la parte que los presenta, a quien se los reembolsará la contraria, si fuere ésta condenada en costas.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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