Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 318

TITULO SEXTO Del juicio ordinario · CAPITULO III

Artículo 318.- Los documentos públicos procedentes del extranjero, deberán llenar los requisitos que fije el Código Federal de Procedimientos Civiles para que hagan fe en el Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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