Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 372

TITULO SEXTO Del juicio ordinario · CAPITULO III

Artículo 372.- Los testigos no sólo deben declarar los nombres de las personas a quienes oyeron referir el suceso, sino también las causas probables en que descanse la creencia de la sociedad.

Sección Novena

De las presunciones 62

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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