Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca
Artículo 498
TITULO SEPTIMO De los juicios sumarios y de la vía de apremio · CAPITULO V De la vía de apremio
Artículo 498.- Si en el contrato se pactó que la finca hipotecada debe ser adjudicada al acreedor en el precio que se fije al exigirse la deuda, y se hizo renuncia expresa de subasta, la adjudicación se hará luego que, practicado el avalúo, hayan pasado los cinco días señalados en el artículo
493.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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