Artículo 341.- El documento que presente un litigante prueba plenamente en su contra, en todas sus partes, aunque no lo reconozca.
Artículo 341
CAPÍTULO OCTAVO V VA AL LO OR RA AC CI IÓ ÓN N D DE E P PR RU UE EB BA AS S
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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