Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 561

TÍTULO NOVENO De la Vía de Apremio · CAPÍTULO V De la Ejecución de las Sentencias y demás resoluciones dictadas por los

Artículo 561.- Ni el juez inferior ni el Tribunal Superior podrán examinar ni decidir sobre la justicia o injusticia del fallo ni sobre los fundamentos de hecho o de derecho en que se apoye, limitándose tan sólo a examinar su autenticidad y si debe o no ejecutarse conforme a las leyes mexicanas.

DE LA INTERVENCIÓN DE TERCEROS

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de junio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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