Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 197

TÍTULO V ACTOS PREJUDICIALES · CAPÍTULO I MEDIOS PREPARATORIOS DEL JUICIO EN GENERAL

ARTÍCULO 197 . Las diligencias preparatorias de que se trata en las fracciones II a IV, VII y VIII del artículo 192 se practicarán con citación de la parte contraria, a quien se correrá traslado de la solicitud por el término de tres días, y se aplicarán las reglas establecidas para la práctica de la prueba testimonial.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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