ARTÍCULO 617 . El tercero excluyente de crédito hipotecario, tiene derecho de pedir que se fije cédula hipotecaria y que el depósito se haga por su cuenta sin acumularse las actuaciones.
Artículo 617
TÍTULO X DE LAS TERCERÍAS · CAPÍTULO ÚNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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