Artículo 551 Bis.- En el desahogo de las controversias que surjan sobre comodato de bienes inmuebles se observarán las disposiciones establecidas en este capítulo.
Artículo 551 BIS
TÍTULO SEGUNDO JUICIOS EN PARTICULAR · CAPÍTULO SÉPTIMO JUICIO ESPECIAL EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.