ARTÍCULO 386.- Las presunciones son:
I.- Las que se derivan de la ley; y,
II.- Las que se deducen de hechos comprobados. 65
TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO X
ARTÍCULO 386.- Las presunciones son:
I.- Las que se derivan de la ley; y,
II.- Las que se deducen de hechos comprobados. 65
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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