Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 956

TÍTULO DÉCIMO

ARTÍCULO 956.- La sentencia que absuelva de la demanda de responsabilidad civil, condenará en costas al demandante, y las impondrá a los demandados cuando en todo o en parte proceda la demanda.

La sentencia que condena a pagar la responsabilidad civil, determinará la cantidad con que debe ser indemnizada la parte perjudicada por los daños y perjuicios que hubiere sufrido, y únicamente afectará a la persona y bienes del funcionario responsable. 167

En ningún caso la resolución pronunciada en el juicio de responsabilidad civil alterará la sentencia firme que haya recaído en el pleito en que se hubiere ocasionado el agravio.

T R A N S I T O R I O S

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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