Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 1503

TITULO DECIMO JUICIOS HEREDITARIOS · CAPITULO XVIII Nombramiento de tutores y discernimiento del cargo

Artículo 1503.- El tutor interino nombrado conforme al artículo anterior, presentará, dentro del término que designe el Juez y con vista de los datos que existan en los libros y documentos relativos a la tutela o a la testamentaría o intestado, un cómputo aproximado de la cuantía de los bienes, productos y rentas cuya administración debe garantizarse con arreglo a los artículos 369 y 370 del Código civil.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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