Artículo 684.- Cuando el ejecutante quiera hacer postura, el papel de abono o la exhibición de numerario, se limitarán al exceso de la postura sobre el importe del crédito reclamado en la fecha del remate.
Artículo 684
TITULO OCTAVO EJECUCION DE SENTENCIAS · CAPITULO III Secuestros y Remates
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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