Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 903

TITULO TERCERO JUICIOS DE POSESION Y CUESTIONES RELATIVAS A LA PROPIEDAD Y A · CAPITULO II Cuestiones relativas a propiedad y a derechos reales

Artículo 903.- La acción negatoria debe entablarse:

I.- Contra el dueño o los dueños del predio dominante;

II.- Contra el que pretende ser titular de los derechos reales.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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