ARTICULO 532 Las salas del Tribunal Superior conocerán en primera y única instancia de las demandas de responsabilidad civil presentadas contra los jueces de primera instancia. Contra las sentencias que aquéllas dicten en estos casos, no procede recurso alguno.
Artículo 532
TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO UNICO DEL JUICIO DE RESPONSABILIDAD
Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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