Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 618

TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO III De los intestados

ARTICULO 618 Al albacea se le entregarán los bienes sucesorios, así como los libros y papeles, debiendo rendirle cuentas el interventor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 193 del Código Civil.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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