Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 313

TITULO SEGUNDO DE LA PRUEBAS · CAPITULO VII FOTOGRAFIAS, EXPERIMENTOS Y DEMAS

ARTICULO 313.- Las autoridades estarán obligadas, a requerimiento del juez, a facilitar a éste, por vía de prueba, cuantos datos tengan sobre los hechos, constancias o documentos que puedan surtir efecto en el juicio.

En caso de desobediencia al mandato judicial, o demora en el cumplimiento del mismo, la autoridad incurrirá en responsabilidad.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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