Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 654

TITULO CUARTO JUICIO SOBRE POSESION Y PROPIEDAD · CAPITULO II JUICIO SOBRE POSESION DEFINITIVA

ARTICULO 654.- Compete el ejercicio de estas acciones:

I. Al que funde su derecho exclusivamente en la posesión;

II. A quien adquirió la posesión con justo título, por quien no era dueño de la cosa, si la pierde antes de haber adquirido la propiedad por la prescripción;

III. Al que alegue mejor derecho para poseer.

Las acciones de que habla este artículo podrán entablarse también por los que tengan la posesión derivada, previa autorización del que tenga la original y por los causahabientes o herederos de éstos.

También compete esta acción al usufructuario.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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