ARTÍCULO 252.- Agravación de la pena en virtud de utilización de explosivos.- Si la ejecución de hechos a que se refiere el artículo anterior se realiza por medio de explosivos o materiales incendiarios, la pena se aumentará hasta una mitad más.
Artículo 252
TITULO SEGUNDO DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD Y EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LAS VIAS · CAPITULO I ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACIONY A LOS MEDIOS
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de febrero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.
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