ARTÍCULO 56 (Concepto de estas sanciones) . La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos.
La privación consiste en la pérdida definitiva de derechos.
La destitución consiste en la privación definitiva del empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el servicio público.
La inhabilitación implica la incapacidad temporal para obtener y ejercer cargos, comisiones o empleos públicos.