Código Penal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 14

TÍTULO PRIMERO LA LEY PENAL · CAPÍTULO IV CONCURSO APARENTE DE NORMAS

Artículo 14. Aplicación supletoria del Código Penal

Cuando se cometa un delito no previsto por este ordenamiento, pero sí en una ley especial del Estado de Chihuahua, se aplicará esta última, y sólo en lo no previsto por la misma se aplicarán las disposiciones de este Código.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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