Código Penal de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 232

TÍTULO TERCERO DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA · CAPÍTULO PRIMERO PREVARICACIÓN 94

ARTÍCULO 232. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE PREVARICACIÓN AGRAVADA EN RESOLUCIONES DE FONDO. Se aplicará de dos meses a cinco años de prisión y multa; destitución del cargo o empleo; e inhabilitación definitiva a quien dicte una resolución de fondo o una sentencia definitiva con violación de algún precepto terminante de la ley o jurisprudencia obligatoria, directa y claramente aplicables, sin que sufran excepción ni siquiera de acuerdo a la realidad del caso; o la resolución o sentencia sea clara y manifiestamente contraria a las constancias de autos; siempre y cuando se obre por motivos personales ilegales y no por simple error de opinión y, además, se produzca daño o perjuicio en la persona, el honor, derechos o el patrimonio de alguien; o al interés social del Ministerio Público.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de septiembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: coahuila.gob.mx.

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